Voto obligatorio: quiénes deben votar y cuáles son las multas por no hacerlo
En Argentina, el voto es obligatorio para los ciudadanos de 18 a 70 años que se encuentren a menos de 500 kilómetros del lugar donde están empadronados.
Quienes no cumplan y no presenten justificación serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar y enfrentarán multas económicas.
El artículo 125 del Código Electoral Nacional fija sanciones progresivas:
- Primera infracción: $50
- Segunda: $100
- Tercera: $200
- Cuarta: $400
- Quinta o más: $500
La justificación debe hacerse dentro de los 60 días posteriores a la elección.
El trámite puede gestionarse en el sitio web de la Cámara Nacional Electoral, donde se puede pagar la multa online, en el Banco Nación o mediante Mercado Pago o transferencia.
Están exceptuados quienes acrediten problemas de salud, se hallen a más de 500 kilómetros, tengan más de 70 años o estén cumpliendo tareas judiciales o electorales.

