14 septiembre, 2026

Día del Empleado de Comercio: el feriado se traslada al lunes 28

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El Día del Empleado de Comercio tendrá este año su jornada de descanso el lunes 28 de septiembre, en lugar del sábado 26, fecha en la que se conmemora la celebración.

El traslado fue acordado por la FAECYS y las cámaras empresarias en el marco de las negociaciones paritarias. La medida alcanza a los empleados comprendidos en la actividad comercial.

El descanso se regirá por los alcances de la Ley 26.541 y no podrá ser utilizado como franco compensatorio del descanso semanal.

En caso de trabajar el lunes 28, el empleado deberá recibir el pago correspondiente a un día feriado trabajado. Si no presta tareas, cobrará su remuneración habitual.

La medida comprende a quienes se desempeñan en supermercados, mayoristas, shoppings, comercios de indumentaria, calzado, perfumerías y electrodomésticos, entre otros establecimientos.

Sin embargo, quienes trabajen dentro de un comercio y estén encuadrados en otro convenio colectivo deberán regirse por las normas de su propia actividad.

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