Rincón de los Sauces: la Cámara revocó el fallo por ocho vacantes en escuelas técnicas
La Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil 1 revocó la sentencia de primera instancia que había ordenado al Consejo Provincial de Educación (CPE) garantizar el ingreso de ocho adolescentes a las escuelas técnicas EPET 16 o 24 de Rincón de los Sauces. De esta manera, rechazó el amparo presentado por las familias.
El conflicto se originó durante el ingreso al ciclo lectivo 2026, cuando unos 300 estudiantes se inscribieron para las 270 vacantes disponibles entre ambas escuelas. Ante la demanda superior a la capacidad, el CPE aplicó el mecanismo de sorteo previsto en su reglamentación.
Como resultado, 30 estudiantes quedaron sin lugar en las escuelas técnicas, aunque contaban con vacantes en establecimientos secundarios de modalidad común.
Ocho familias recurrieron a la Justicia para reclamar que sus hijos pudieran acceder a la orientación técnica elegida. En primera instancia, la jueza Vanina Sobisch había hecho lugar al planteo y ordenado la inscripción de los adolescentes en alguna de las dos EPET, además de disponer que el CPE garantizara los espacios, docentes y condiciones necesarias para su incorporación.
El organismo provincial apeló esa decisión y sostuvo que el derecho a la educación estaba garantizado mediante las vacantes disponibles en otras escuelas secundarias y que el procedimiento había sido aplicado de manera uniforme.
Al analizar el caso, los jueces Juan Manuel Menestrina y Gabriel Ciucci consideraron que no se había acreditado una conducta estatal manifiestamente arbitraria o ilegal, requisito para la procedencia del amparo.
La Cámara señaló que no se habían demostrado irregularidades en el sorteo ni obstáculos particulares para los ocho estudiantes. También destacó que las familias no habían cuestionado la razonabilidad del mecanismo previsto cuando la cantidad de aspirantes supera las vacantes.
El tribunal tuvo en cuenta además que los adolescentes contaban con vacantes aseguradas en otras escuelas secundarias de Rincón de los Sauces.
Con estos argumentos, la Sala III revocó la sentencia de primera instancia y rechazó el amparo.

