29 agosto, 2026

Anularon una pena de 20 años y fijaron prisión perpetua por un homicidio

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loncopue

El Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló la pena de 20 años de prisión que había recibido Juan Pedro Cides por el homicidio de Franco Daniel Ramírez y estableció que corresponde aplicar prisión perpetua, la pena prevista para el delito por el que fue declarado culpable.

El crimen ocurrió en Loncopué, durante una reunión de amigos en la que Cides y Ramírez se encontraban jugando al truco.

A fines de abril, un jurado popular declaró por unanimidad a Cides responsable del homicidio agravado por alevosía. La Fiscalía había solicitado la prisión perpetua, pero la jueza de garantías Carolina González consideró inconstitucional la aplicación de ese régimen en el caso concreto y fijó una pena temporal de 20 años de prisión efectiva.

La fiscal del caso, Laura Pizzipaulo, impugnó esa decisión y sostuvo que la magistrada se había apartado de la pena prevista por el Código Penal para el delito por el cual el jurado había declarado culpable al acusado.

El Tribunal de Impugnación hizo lugar al planteo y, por unanimidad, anuló la condena de 20 años.

Qué resolvió el Tribunal

El tribunal estuvo integrado por los jueces Andrés Repetto, Patricia Lupica Cristo y Liliana Deiub. Repetto emitió el primer voto y sus colegas adhirieron a sus fundamentos.

El magistrado sostuvo que la solución no era reemplazar la prisión perpetua por una pena temporal, sino analizar las normas que impedían cualquier posibilidad de progresividad, revisión o eventual liberación durante la ejecución de la condena.

Por ese motivo, el Tribunal mantuvo la prisión perpetua prevista por el Código Penal para el homicidio agravado por alevosía, pero estableció una excepción respecto de las restricciones para acceder a mecanismos de libertad.

La resolución declaró, únicamente para este caso, la inconstitucionalidad del artículo 14 inciso 1 del Código Penal y del artículo 56 bis de la Ley 24.660, en cuanto impiden el acceso a determinados mecanismos de libertad durante la ejecución de la pena.

De esta manera, Cides podrá eventualmente solicitar la libertad condicional una vez cumplidos 35 años de prisión, siempre que además reúna los restantes requisitos establecidos por la legislación.

El crimen en Loncopué

Según la acusación fiscal que fue respaldada por el jurado popular, Cides y Ramírez se encontraban en una reunión de amigos cuando se produjo el ataque.

La reconstrucción del hecho estableció que Cides ocultó un cuchillo entre sus prendas, rodeó la mesa y sorprendió a Ramírez, a quien atacó con el arma.

La agresión provocó una herida mortal en el corazón. La víctima tenía 2,64 gramos de alcohol por litro de sangre al momento del hecho.

Después del ataque, Cides se dirigió por sus propios medios hasta la comisaría de Loncopué, donde entregó el cuchillo utilizado.

Con la resolución del Tribunal de Impugnación, la condena quedó establecida en prisión perpetua. Al mismo tiempo, la decisión fijó las condiciones bajo las cuales el condenado podrá eventualmente acceder a mecanismos de libertad durante la ejecución de la pena.

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